Independientemente de lo que ocurra a partir del día 5 de noviembre en la reunión que mantengan los miembros de la Sala III del Tribunal Supremo, existe un hecho evidente que parece estar pasando desapercibido para todas aquellas personas y empresas que firmaron un préstamo hipotecario hace cuatro años. Y es que, si finalmente se ratifica la sentencia del 16 de octubre de 2018 y se fijara un plazo de prescripción de cuatro años para poder reclamar el impuesto abonado, todas aquellas personas que no hayan iniciado su trámite de reclamación frente a Hacienda estarían perdiendo su derecho por encontrarse fuera de plazo.

En este sentido, Legálitas ha estimado que, en base a estadísticas publicadas por el Consejo General del Notariado sobre la evolución temporal de número de hipotecas constituidas en 2014, unos novecientos afectados están perdiendo su derecho, cada día, para reclamar a Hacienda.

Según datos del Consejo General del Notariado, en el mes de octubre de 2014 se formalizaron 20.054 hipotecas en toda España. En consecuencia, cada día que trascurre del mes de octubre, el plazo expira para novecientos prestatarios.

Desde la sentencia favorable al prestatario y hasta el día de hoy han transcurrido 10 días hábiles, dato que extrapolado a 2014 se traduce en una media de 9.120 hipotecas, cuyos prestatarios ya no podrían beneficiarse de sus efectos en caso de que no hubieran iniciado trámite alguno. En este sentido, resulta clave que los prestatarios reclamen lo antes posible para interrumpir el plazo de prescripción de cuatro años y no perder su derecho a la restitución de las cantidades abonadas indebidamente.

Recordemos que la última sentencia del Tribunal Supremo declaró que era el banco y no el prestatario quien debía abonar el impuesto de Actos Jurídicos Documentados de los préstamos hipotecarios. La jurisprudencia vigente, por tanto, permite al prestatario -consumidor y profesional- reclamar frente Hacienda el importe liquidado si abonó el impuesto en fecha posterior a octubre de 2014.

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